Información Técnica
Estado de Certificación
Vigente
Número de Resolución
2025021065
Concepto Corto
Cumple
Concepto Detallado
Cumple con las buenas prácticas de manufactura farmacéutica, para el acondicionamiento secundario (etiquetado, desetiquetado, estuchado, desestuchado, colocación y retiro de insertos y/o stickers, codificado y termoencogido) de medicamentos estériles y no estériles con base en principios activos que requieren y no requieren áreas especiales de manufactura, que requieren y no requieren cadena de frío en todas las formas farmacéuticas y productos fitoterapeuticos en todas las formas farmacéuticas.
Notas aclaratorias:
1. comunes: son principios activos no antibióticos (betalactámicos y no betalactámicos), no sustancias endocrinas de tipo sexual (andrógenos y estrógenos) y sus precursores, no hormonas no sexuales, no antineoplásicos, no inmunosupresores, no radiofármacos y no biológicos
2. producto fitoterapéutico: es el producto medicinal empacado y etiquetado, cuyas sustancias activas provienen de material de la planta medicinal o asociaciones de estas, presentado en estado bruto o en forma farmacéutica que se utiliza con fines terapéuticos. también puede provenir de extractos, tinturas o aceites. no podrá contener en su formulación principios activos aislados y químicamente definidos. los productos obtenidos de material de la planta medicinal que haya sido procesado y obtenido en forma pura no será clasificado como producto fitoterapéutico.
3. el anterior concepto técnico, autoriza únicamente el acondicionamiento secundario de los productos con los principios y las formas farmacéuticas antes descritas, que requieren y no requieren cadena de frio y no incluye el acondicionamiento secundario de medicamentos vitales no disponibles.
4. todo cambio crítico que se haga y afecte las condiciones evaluadas y certificadas durante la presente auditoria, respecto a equipos, áreas, procesos productivos, personal técnico principal (director técnico) o de las empresas con las que se contrató la realización de actividades de producción y control de calidad, deberán ser notificados al invima con el fin de que éste evalúe y verifique si se requiere una visita de ampliación o verificación del concepto técnico emitido, de acuerdo con las disposiciones de la normatividad sanitaria correspondiente, so pena de las acciones a que haya lugar.
Ubicación
Dirección
Carrera 62 No. 17 B -14 BOGOTA D.C.
Ciudad
BOGOTA D.C.
Departamento
BOGOTA D.C.
País
COLOMBIA
Fechas Clave
Fecha Última Visita
15/05/2025
Fecha Expedición Última Resolución
22/05/2025
Fecha Vencimiento Certificación
19/06/2028