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HERBAL NUTRACEUTICA SAS (ANTES LABORATORIO OASNATUR)

Expediente: TEMP-17

Info Información Técnica

Estado de Certificación
Vigente
Número de Resolución
2024002238
Concepto Corto
Cumple

Concepto Concepto Detallado

Cumple con las buenas practicas de manufactura para la fabricacion de productos fitoterapeuticos con los componentes activos y las formas farmaceuticas que se relacionan a continuacion: 1. no esteriles 1.1. fitoterapeuticos 1.1.1. liquidos: soluciones, suspensiones 1.1.2. semisolidos: cremas, jaleas, ungüentos,geles. 1.1.3. solidos: polvos, tabletas sin cubierta, capsulas de gelatina dura 1.1.4. y para el envase primario en blsiter y frasco y acondicionamiento secundario de capsulas de gelatina blanda. Se autoriza la fabricacion de suplementos dietarios en las mismas areas y con los mismos equipos autorizados en la resolucion nro. 2024002238 del 22 de enero de 2024 para las siguientes formas farmaceuticas: 2. suplememtos dietarios 2.1. no esteriles 2.1.1. liquidos: soluciones 2.1.2. solidos: polvos, tabletas sin cubierta y capsulas de gelatina dura 3. notas aclaratorias: 3. 1. producto fitoterapeutico: es el producto medicinal empacado y etiquetado, cuyas sustancias activas provienen de material de la planta medicinal o asociaciones de estas, presentado en estado bruto o en forma farmaceutica que se utiliza con fines terapeuticos. tambien puede provenir de extractos, tinturas o aceites. no podra contener en su formulacion principios activos aislados y quimicamente definidos. 3. 2. los componentes activos de partida para la producción de productos fitoterapeuticos son extractos fluidos y/o secos. 2.3. el anterior concepto tecnico, autoriza unicamente la fabricacion de los productos fitoterapeuticos en las formas farmaceuticas anteriormente descritas. 2.4. todo cambio critico que se haga y afecte las condiciones evaluadas y certificadas durante la presente auditoria, respecto a equipos, areas, procesos productivos, personal tecnico principa (director tecnico)l o de las empresas con las que se contrato la realizacion de actividades de produccion y control de calidad, deberan ser notificadas al invima con el fin de que este evalue y verifique si se requiere una visita de ampliacion o verificacion del concepto tecnico emitido, de acuerdo con las disposiciones de la normatividad sanitaria correspondiente, so pena de las acciones a que haya lugar.

Ubicación Ubicación

Dirección
CALLE 68 Bis No. 105 C - 20
Ciudad
BOGOTA D.C.
Departamento
BOGOTA D.C.
País
COLOMBIA

Fechas Fechas Clave

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